Justo en el contexto del balotaje el holding logró un fallo que anula el decreto que estableció que el cable, internet y celular son servicios públicos y sus precios pueden ser regulados por el Estado. Es el corazón de sus negocios.

Por Ari Lijalad

El Grupo Clarin arrancó la nueva era con el pie derecho. En el primer día hábil de Javier Milei como presidente electo el Grupo Clarín informó que consiguió un fallo judicial a medida que declara la nulidad del decreto 690/2020. Ese decreto estableció que las telecomunicaciones, su principal negocio, son un servicio público en competencia con tarifas reguladas por el Estado. El holding de Héctor Magnetto ya tenía frenado ese decreto con medidas cautelares y la complicidad de la Corte Suprema que no las resolvía: ahora directamente tiene una sentencia que anula el decreto en línea con el ideal del novel presidente: el Estado no se podrá meter.

En rigor este fallo es para Telecom, la unidad de negocios del Grupo Clarín que controla los negocios de telecomunicaciones. Lo firma la jueza Cecilia Gilardi Madariaga de Negre en una demanda que Telecom inició contra el Estado. Tiene fecha del 17 de noviembre, último día antes del balotaje. El argumento de Telecom era que el decreto 690 congelaba los precios y luego establecía que los aumentos tenían que ser autorizados por el Estado ya que las telecomunicaciones (telefonía, cable e internet) pasaban a ser un servicio público, no solo en el contexto del siglo XXI sino en el de la pandemia, donde comunicarse a un precio razonable era vital para cualquier actividad. Para Magnetto y sus socios era un agravio: alegaban que hasta entonces eran una Licenciataria de Servicios TICS y que podían fijar libremente los precios. Y fueron por la vía segura: lo judicializaron. Obtuvieron cuantiosas ganancias mientras mantenían frenado el decreto mediante medidas cautelares y ahora directamente lograron su anulación a poco del cambio de Gobierno.

La jueza Gilardi Madariaga de Negre argumentó que para establecer que las telecomunicaciones son un servicio público regulado por el Estado se tenía que hacer por ley, no por decreto. Según la magistrada esto es porque impone restricciones y afecta derechos. Curioso uno: tardaron dos años y medio en resolver esto, justo cuando el Gobierno ya no tiene oportunidad de tratar el tema en el Congreso. Mientras tanto anularon de hecho el decreto mediante medidas cautelares. Curioso dos: Mauricio Macri derogó prácticamente toda la ley de Medios Audiovisuales por decreto, algo que eliminaba restricciones y afectaba derechos. Parece que hay decretos más iguales que otros.

El fallo llega justo a tiempo para la discusión que regirá las relaciones de Clarin con Milei: la regulación del 5G. Es un negocio enorme y donde tendrán que competir con la mexicana AMX (Claro) y la española Telefónica.

Los balances del Grupo Clarín muestran que entre 2021 y 2023, el tiempo que estuvo judicializado el decreto de regulación de tarifas, repartió dividendos por 1.296 millones de dólares. Siempre lo hacen en Bonos Globales 2030 y 2035. En detalle, pagaron estos dividendos:

    2023: 411 millones de dólares

    2022: 515 millones de dólares

    2021: 370 millones de dólares

Por quedarse con la subasta de una de las bandas del 5G Telecom pagó 350 millones de dólares a finales de octubre pasado. Menos de lo que repartió entre sus accionistas cada año que estuvo parado el decreto 690.

El derrotero de este caso es el siguiente. En enero de 2021, en plena feria judicial, el juez Walter Lara Correa rechazó dictar una cautelar para suspender el decreto 690. La empresa apeló y en abril de 2021 logró un fallo a favor de la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, firmado por los jueces Luis María Márquez y José Luis López Castiñeira. El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) apeló el fallo pero la Cámara no aceptó el recurso extraordinario para que el expediente llegara a la Corte. El Gobierno tuvo que ir en queja al máximo tribunal, el último recurso.

El caso llegó a la Corte en junio de 2021. Horacio Rosatti y compañía primero lo cajonearon por más de un año. Recién en septiembre de 2022 los cortesanos tomaron el caso pero solo para avalar que Carlos Rosenkrantz interviniera en su resolución pese a que el Grupo Clarín es uno de sus ex clientes y la ley le prohíbe inmiscuirse. En octubre de 2022, la jueza Gilardi Madariaga de Negre prorrogó por 6 meses la medida cautelar para que Magnetto y sus socios tengan tarifas desreguladas. Hizo lo mismo en marzo de 2023, así que Clarín tenía cautelar hasta septiembre. Ahora ya no la necesita: ya tiene un fallo que anula el decreto.

En noviembre de 2022, justo después de la prórroga de la cautelar, la Corte en pleno benefició al Grupo Clarín y rechazó 2 recursos de queja. Uno era del Estado Nacional, patrocinado por el procurador del Tesoro Carlos Zannini. El otro del ENACOM, el organismo a cargo de que regular sus tarifas. La fórmula de rechazo fue la misma: los recursos eran contra la medida cautelar gracias a la cual el Grupo Clarín no respeta los límites a las tarifas de telecomunicaciones. El máximo tribunal desestimó los planteos porque no son contra una sentencia definitiva. La Corte no ponía límites a la cautelar por la que Clarín continuaba con el cobro de sus tarifas mientras no se resolvía la cuestión de fondo. O sea, no hay sentencia definitiva porque mantienen cautelares de forma indefinida.

En junio de este año la Corte hizo lo mismo: rechazó planteos del Estado y del ENACOM porque no son contra una sentencia definitiva. Las medidas cautelares que garantizaron las ganancias de Clarin todo este tiempo. Recién ahora llegó una sentencia de fondo. Y también a favor de Clarín.

Fuente: El Destape / 21 DE NOVIEMBRE, 2023 |

By omalarc

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