Con la aparición de los BOCADE, el Gobierno de la Provincia puso a disposición la página web www.larioja.gob.ar/chachos donde podrán encontrar respuestas a preguntas frecuentes sobre su uso, las medidas de seguridad y las denominaciones que circularán a partir de julio, lo que significará una inyección a la rueda virtuosa de la economía riojana.
En ese sentido, se indicó que los BOCADE (Bonos de Cancelación de Deudas – Ley 10.703) denominados “Chachos” son instrumentos financieros emitidos por el Gobierno de la Provincia de La Rioja, para poner en valor el trabajo y el salario de quienes prestan servicios en el Estado, incentivando el consumo e impulsando reactivación económica de la Provincia.
Estarán en circulación BOCADE de 1.000, 2.000, 5.000, 10.000, 20.000 y 50.000, donde cada Chacho valdrá lo mismo que el peso.
Se indicó que todos los comercios pueden recibir estos bonos, pero no podrán cobrar ningún recargo ni recibirlos por un valor inferior.
Información importante para el usuario
Los Chacho sirven para comprar cualquier producto en comercios adheridos y pagar servicios e impuestos provinciales. Si al momento de realizar un pago, el comercio o la entidad dice que el Chacho es falso, no lo pueden retener. Los únicos autorizados a retener los Chachos presuntamente falsos, son las oficinas habilitadas por el Gobierno de La Rioja.
Asimismo, se aclaró que oportunamente se informarán los puntos de pago tanto para Capital como para el Interior de la Provincia.
Sin embargo, puntualizaron que el pago de los BOCADE se hará únicamente al titular quien deberá presentarse con su DNI.
Es preciso aclarar que los Chachos son de circulación provincial y que los únicos autorizados para solicitar el rescate anticipado de bonos serán los comercios adheridos al Convenio de Aceptación de Bonos de Cancelación de Deudas Ley 10.703.
El Comercio está obligado a dar el vuelto en BOCADE o en pesos.
Datos exclusivos para comercios
Los comercios que deseen inscribirse deberán completar un formulario online en www.la rioja.gob.ar/chachos o personalmente en Santa Fe N°576 – Planta Baja y en el Centro Comercial e Industrial de La Rioja, ubicado en Copiapó N° 235, de lunes a viernes de 15 a 18 hs. Luego, se analizará la solicitud, se informará el estado del trámite y se convocará a sus titulares para la firma del convenio.
Se debe adjuntar la siguiente documentación: DNI del titular y/o apoderado; Constancia de Inscripción en DGIP; Constancia de Inscripción en AFIP; Constancia de CBU de Banco Rioja (el titular del CBU debe ser del mismo titular que suscribe el convenio); Poder Legal certificado por Escribano Público (en caso de corresponder); suscribir el Convenio de Aceptación Voluntaria de Bonos de Cancelación de Deudas – Ley 10.703; completar el Formulario de Adhesión de Establecimiento para la Aceptación Voluntaria de Bonos de Cancelación de Deudas – Ley 10.703.
Si se trata de una Persona Jurídica, se suma la siguiente documentación: Contrato Social o Estatuto Societario.
Para operar con el BOCADE, las y los comerciantes -como cualquier medio de pago- tendrán que verificar su legitimidad, es decir controlar las medidas de seguridad indicadas en el www.la rioja.gob.ar/chachos, a la vez que se sugiere contar con un detector de luz ultravioleta.
En caso que una persona pague con un BOCADE falso, el comerciante tendrá el derecho de rechazarlo y solicitarle al cliente una forma de pago alternativa pero no está autorizado a retener el BOCADE y/o a destruirlos.
En tanto, se aclaró que si el pago en BOCADE por parte del cliente es superior al importe de la venta y/o cobro, el comerciante puede entregar el vuelto tanto en pesos como en BOCADE.
Rescate Anticipado
Los comercios que se adhieran podrán participar del “Rescate anticipado”, la opción que tienen los comercios de depositar los BOCADE en las oficinas habilitadas para su conversión en PESOS.
Para ello deberán depositar los BOCADE de lunes a viernes de 15 a 18 en las oficinas habilitadas por el Gobierno de La Rioja (Santa Fe N°576 – Planta Baja) y en el Centro Comercial e Industrial de La Rioja (Copiapó N°235) y a cambio, recibirán un comprobante por el importe depositado, el que se acreditará en un plazo de hasta dos días hábiles en pesos, en la cuenta bancaria de Banco Rioja indicada en el Convenio de Aceptación Voluntaria de Bonos de Cancelación de Deudas (Ley 10.703) firmado oportunamente.
Es importante destacar que si como comercio ya se participó recibiendo las tarjetas de programas alimentarios (PAR, ANDAR y ALIMENTAR) y/o formó parte de promociones bancarias impulsadas por el Gobierno de La Rioja, no necesita completar el formulario.
Al momento de realizar el “rescate anticipado” sólo se deberá completar el “Formulario de Adhesión de Establecimiento para la Aceptación Voluntaria de Bonos de Cancelación de Deudas – Ley 10.703” y suscribir el Convenio de Aceptación Voluntaria de Bonos de Cancelación de Deudas – Ley 10.703.
Este trámite podrán realizarlo al momento de efectuar el depósito de lo recaudado de manera presencial en las oficinas mencionadas.
Asimismo, se aclaró que la adhesión y suscripción al convenio, debe ser realizada únicamente por el titular y/o apoderado del comercio y que el Rescate Anticipado podrá realizarse hasta los 15 días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento.
Rescate definitivo
Cumplida la fecha de vencimiento del BOCADE, como comercio tenés el derecho de presentarlos en las Oficinas habilitadas para su Rescate Definitivo. A diferencia del Rescate Anticipado, éste te dará un rendimiento del DIECISIETE POR CIENTO (17%) semestral con rescate al 31/12/24.