Ultimátum de Casación al TOF de Jujuy
Los procesamientos contra Carlos Pedro Tadeo Blaquier y Alberto Lemos se dictaron en 2012, pero la causa ha estado frenada por más de diez años. Tras la muerte de Blaquier, únicamente podrá sentarse en el banquillo el exadministrador Lemos.
Por Luciana Bertoia
La Cámara Federal de Casación Penal ordenó que se fije fecha para que, de una vez por todas, comience el juicio por los secuestros que tuvieron lugar en la zona de influencia del ingenio Ledesma en Jujuy. Tras la muerte del dueño de la agroindustrial, Carlos Pedro Tadeo Blaquier, únicamente Alberto Lemos -exadministrador de Ledesma– está en condiciones de sentarse en el banquillo de los acusados.
En la madrugada del 24 de marzo de 1976, una patota despertó a la familia Arédez. Al médico y exintendente Luis Arédez se lo llevaron secuestrado y lo subieron a una camioneta que tenía el logo del ingenio Ledesma.
Su esposa, Olga Márquez de Arédez, se acercó al ingenio –donde su marido había prestado servicios como médico y donde se había ganado la antipatía de la patronal. La atendió Lemos, que, por entonces, era la mano derecha de Blaquier. El ingeniero le dijo, según ella hizo saber en distintas declaraciones, que la empresa había prestado vehículos “para limpiar el país de indeseables”.
Con los años, Lemos fue afinando una interpretación de los hechos. Reconoció haberse entrevistado con Olga Márquez de Arédez, pero afirmó que nunca había hablado de “indeseables”. Ante la justicia, dio distintas versiones acerca del vínculo de Ledesma con las fuerzas armadas y de seguridad. En primer lugar, negó que la compañía haya provisto camiones. Después, matizó la respuesta: alegó que tenían más de 100 vehículos y que no sabía qué se hacía con cada uno de ellos.
En 1985, la Comisión Extraordinaria de la Honorable Legislatura de Jujuy recabó otra información: que Ledesma había aportado sus vehículos a las Fuerzas Armadas en 1978, cuando se desató el conflicto con Chile por el canal de Beagle y que había repetido la misma práctica cuando hubo inundaciones. En el Poder Judicial consta también un compromiso de cooperación de la empresa con la Gendarmería.
Si bien las denuncias sobre el accionar de Ledesma comenzaron en plena dictadura, recién en 2012 fueron indagados y procesados Blaquier y Lemos. El caso avanzó hasta que en marzo de 2015 la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó los procesamientos y dictó la falta de mérito de los dos acusados.
El expediente fue sometido a la “cronoterapia” durante seis años en la Corte Suprema. En julio de 2021, Horacio Rosatti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda revocaron el fallo de Casación y le achacaron al tribunal haber obstaculizado indebidamente el avance de la causa. Poco después, la justicia de Jujuy elevó a Blaquier y Lemos a juicio oral por 23 casos de secuestros: tres ocurridos inmediatamente después del golpe del 24 de marzo de 1976 y 20 en lo que se conoció como las Noches del Apagón, cuando los grupos de tareas secuestraban al amparo de un corte de suministro eléctrico.
A los pocos meses, los peritos llegaron a la conclusión de que Blaquier no estaba en condiciones de afrontar un juicio oral. El empresario murió en marzo de 2023 impune y como un símbolo del empresariado comprometido con los crímenes de lesa humanidad que se perpetraron durante la última dictadura.
La defensa de Blaquier y Lemos ha estado en cabeza de Jorge Valerga Aráoz, exintegrante de la Cámara Federal porteña que juzgó a las Juntas Militares. El año pasado, la querella de H.I.J.O.S pidió que se fijara fecha urgente para que arrancara el juicio contra Lemos. Pero el Tribunal Oral Federal (TOF) de Jujuy respondió que aún había recursos pendientes frente a la Corte.
El 31 de marzo pasado, el fiscal Javier de Luca se presentó ante la Cámara de Casación para informar que los supremos habían rechazado la presentación de Lemos, por lo que ya no había más excusas para seguir demorando el trámite.
La Sala IV –integrada en este caso por Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Diego Barroetaveña– le dio la razón al fiscal de Luca. “Se observa que las normas procesales invocadas por el tribunal previo en su decisión, no configuraban un obstáculo para la fijación de la audiencia de debate y por ello la resolución atacada no constituye una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias del caso”, escribió Borinsky.
En el TOF de Jujuy dicen que ya están al tanto de la resolución de Casación y que estaban analizándola. Mientras tanto, la causa Ledesma-Blaquier-Lemos sigue batiendo récords de demoras.
Fuente: Página/12 – 15 de abril de 2025 –