Así lo determinó el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, quien decidió hacer lugar al pedido del MPF y condenar a Jonathan Serrano por el delito Homicidio Calificado por el Vínculo y Femicidio, (Art. 80 Inc. 1 y 11 del CP).
Cabe recordar que en la etapa de alegatos, la fiscal Nadia Schargrodsky hizo hincapié en que la muerte de Vayón no se trató de un homicidio común, sino que además es un Femicidio, “porque se comprobó la muerte de una mujer en el contexto de violencia de género. Por lo que estamos ante un tipo de homicidio agravado que se da cuando existe una subordinación y sometimiento de la mujer hacia el varón, basada en una relación desigual de poder”.
En este marco, la fiscal aseguró que las pruebas eran contundentes para una condena de prisión perpetua, en especial la prueba material genética, ya que se probaron todos los elementos contenidos en la acusación, tanto del homicidio como del agravante, lo que establece la figura del femicidio.-
Finalmente el Tribunal presidido por la jueza Dra. Sara López Douglas, acompañada por los jueces vocales, Dres. Jorge Gamal A. Chamía y Edith Elizabeth Agüero; condenó a Jonathan Gabriel Serrano por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR EL VINCULO Y FEMICIDIO, ART. 80 INC 1 y 11, a la pena de PRISION PERPETUA.