La Unidad Fiscal de Investigación en Materia ambiental constató que la Curtiembre CBR ubicada en Nonogasta realiza un flagrante violación a la Ley  24051 de Residuos Peligrosos, constatando la peligrosidad de los efluentes que la empresa deposita a cielo abierto. sin embargo, a casi 2 años de esa resolución, la empresa sigue con sus actividades.  La Asamblea El Retamo de Nonogasta realizó la denuncia pública y exige que las autoridades intervengan

ASAMBLEA EL RETAMO NONOGASTA

Comunicado a la Pueblo La Asamblea el Retamo informa que en el año 2015 la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA), perteneciente a la órbita de la Procuración General de la Nación constató el ACTO DELICTIVO de la empresa CURTUME CBR, relacionado a la violación de la Ley 24051 de “Residuos Peligrosos”. En el 2015, la UFIMA recolectó muestras de efluentes y barros de los piletones, como así también de agua y suelos de diferentes lugares de Nonogasta. De esta forma la investigación científica realizada por esta Unidad comprobó lo que esta Asamblea viene denunciando por años: la peligrosidad de los efluentes industriales que la curtiembre deposita a cielo abierto en los campos cercanos a la fábrica y el daño que éstos causan a la vida y al medioambiente. La ley 24051, en su Art. 2° señala que “Será considerado peligroso, a los efectos de esta ley, todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”. Entre la amplia lista de los residuos considerados “peligrosos” se encuentran: “cromo hexavalente, plomo y arsénico”. Y en caso de probar el delito establecido por la Ley, el Art. 57 indica que “La pena se aplicará a los directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores, mandatarios o representantes que hubiesen intervenido en el hecho punible”. Y ante la violación a esta Ley, el Art. 55 (Capítulo IX) señala que el o los responsables “Será reprimido con las mismas penas establecidas en el Art. 200 del Código Penal”. Aún más, “Si el hecho es seguido de muerte de alguna persona, la pena será de diez (10) a veinticinco (25) años de reclusión o prisión” En el año 2015 la investigación científica de la UFIMA fue remitida, bajo EXPEDIENTE 17837, al Juzgado N°2 de Chilecito, a cargo en ese momento de la Dra Malaquián, y actualmente de la Dra. Illanes. Desde ese momento, el Expediente de UFIMA se mantiene “cajoneado”, en la más absoluta impunidad y complicidad de la Justicia Local frente a un DELITO probado científicamente, que atenta contra la salud y la vida del pueblo de Nonogasta. Respuestas como “hay otras causas más importantes”, “no tenemos tiempo de buscar el expediente”; “no se determinó la competencia de la justicia local” fueron las que se dieron a las personas que se presentaron ante el Juzgado N° 2 y la Fiscalía local. ¿La Justicia se olvidó que la preservación de la vida está por sobre cualquier otro acto delictivo?

Denunciamos y repudiamos esta complicidad de la Justicia local con una empresa que sistemáticamente ha negado la contaminación que atenta contra nuestra vida; una complicidad a la que se suman autoridades locales y provinciales. Todos se escudan en el engañoso argumento de que “no hay “pruebas científicas”. Tanto la UFIMA como esta Asamblea, entregaron suficientes pruebas. Sin embargo, la Justicia y las autoridades siguen encubriendo a la empresa, mientras el pueblo de Nonogasta sigue viviendo en medio de la contaminación, la enfermedad y la muerte. ¡¡EXIGIMOS EL ACCIONAR INMEDIATO DE LA JUSTCIA!

By omalarc

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