Violencia Institucional en La Rioja

A confesion de partes …

Ante el Comunicado de Prensa publicado durante el día de ayer en su página oficial y con el logo de la Función Judicial de La Rioja por la Secretaría de Superintendencia y Control del Tribunal Superior de Justicia; en donde se refiere a mis declaraciones realizadas en medios de comunicación respecto del Acuerdo que resuelve convalidar la ILEGÍTIMA denuncia del Dr. Emilio Roberto Pagotto con el propósito de convertirla en causa para la apertura de un Sumario Administrativo contra mi persona, comunico:

  1. Que el comunicado es un intento torpe y desmañado de desviar el foco de mis declaraciones, que no se centraban, ni se centran en el ILEGÍTIMO denunciante Pagotto, ni en los posibles delitos que comete en aquella denuncia, ni en la persecución de larga data de la que fui objeto por parte de él, sino en el acto administrativo de esa Secretaría de Superintendencia, que no vacila en violar leyes y vulnerar los principios básicos del derecho a la hora de actuar en connivencia y al servicio de los caprichos espurios de un particular, en este caso el mencionado Dr. Pagotto, poniendo los recursos del Estado destinados a proteger a las víctimas de delitos a funcionar en contra de las víctimas
  2. QUE INTIMO A LA SECRETARÍA DE SUPERINTENDENCIA A QUE EN EL PLAZO MÁXIMO DE 24 HORAS RETIRE LA PUBLICACIÓN DEL COMUNICADO que compromete a esa repartición y a toda la Función Judicial bajo apercibimiento de proceder de manera inmediata en los ámbitos que estime corresponder en relación con los delitos de que comete en flagrancia y con aterradora naturalidad en el documento con el que pretende lavar una responsabilidad que agrava a cada momento, en el marco de la VIOLENCIA INSTITUCIONAL, INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO Y ABUSO DE PODER, porque valiéndose de su autoridad y de los recursos que el Estado pone a su disposición realiza acciones destinadas a acallarme y a desacreditarme y que resultan violatorias de mis derechos personalísimos.
  3. Que incurre en TEMERIDAD Y MALICIA PROCESAL, cuando hace lugar y convalida una denuncia que CARECE DE LEGITIMIDAD, siendo este solo hecho más que suficiente para declarar la inexistencia del acto administrativo que abrió el Sumario y llamarse a silencio.
  4. Que incurre en PREVARICATO cuando a través de ese Comunicado ocupa la función del Tribunal Superior de Justicia que aún no ha fallado respecto del Incidente de Nulidad por inexistencia debido a vicios groseramente graves en el Acuerdo que resolvió abrir el Sumario administrativo, PORQUE ESE ERA EL OBJETO DE MIS DECLARACIONES EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN, anticipando un fallo en contra, usurpando funciones, adelantando sentencia, reemplazando un fallo indispensable dentro de las actuaciones por una escandalosa confesión de parte publicada para desorientando a la opinión pública con el fin de desacreditarme y así permanecer impunes.
  5. Que incurre en FALSEDAD IDEOLÓGICA cuando publica en un instrumento público declaraciones deliberadamente inexactas que están destinadas a perjudicarme, cuando mienten al referirse a los hechos que había resuelto investigar y constan en documentos oficiales.

Lic. CECILIA DEL VALLE FARIAS, Integrante del C.A.T.I.U.; Ciudad de La Rioja, viernes 26 de julio de 2.024, con el acompañamiento de Sara Barni y de Cristina Lobaiza Estrada.

By omalarc

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