El Tribunal Superior de Justicia (T.S.J.) en Acuerdo Administrativo N°112/21, se reunió con el objeto de considerar y resolver “Modalidad de Trabajo para la Función Judicial ante las Medidas Dispuestas en el marco de la Emergencia Sanitaria por Coronavirus (Covid-19), por La Función Ejecutiva Provincial y Cese de la Feria Extraordinaria”. En consecuencia, a partir del día lunes 31 de mayo del 2.021, se retornará a la actividad solo en turno matutino, en el horario de 08:00 a 13:00 y cesando la suspensión de términos procesales, reanudándose el cómputo de los mismos en todos los procesos judiciales en curso.
El Acuerdo Administrativo contó con la presencia del Presidente del TSJ Dr. Luis Alberto Nicolás Brizuela, y los Vocales Dres. Claudio José Ana, Camilo Luis Alfredo Farias Barros, Ricardo Gastón Mercado Luna y Claudio Nicolás Saul; con la asistencia de la Secretaría Administrativa y de Superintendencia Dra. Ana Gabriela Núñez Lanzillotto; dando por concluida la Feria Judicial Extraordinaria dispuesta por Acuerdo N° 105/2.021. En consecuencia, a partir del día 31 de mayo del 2.021, se retornará a la actividad solo en turno matutino, en el horario de 08:00 a 13:00. Asimismo, a partir de la fecha antes indicada, cesa la suspensión de términos procesales, reanudándose el cómputo de los mismos en todos los procesos judiciales en curso.
Por su parte, se dispuso el reintegro de los y las agentes judiciales que se desempeñan en los distintos fueros y materias, (con excepción de lo dispuesto respecto de las personas que integran los grupos de riesgo en relación al coronavirus -Covid-19- quienes continúan con la dispensa de asistencia al lugar de trabajo).
Se exhortar y recomienda a todos y todas las agentes de la Función Judicial, la estricta observancia y cumplimiento de las medidas de seguridad sanitarias establecidas en el “Protocolo de Actuación y Recomendaciones Generales para Servicio Presencial de Justicia en la provincia de La Rioja durante la Emergencia Sanitaria por Covid-19”, incorporado como anexo de Acuerdo N° 55/.2020.