La Corte Suprema provincial dejó firme una sentencia que establece un mínimo de 1.000 metros libres de agroquímicos en torno al ejido urbano de Piamonte.

Por Redacción Rafaela Noticias

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe ratificó un fallo clave en materia ambiental y sanitaria que prohíbe las fumigaciones con agroquímicos a menos de 1.000 metros del ejido urbano de la localidad de Piamonte, y ordena promover prácticas agroecológicas en esa zona de resguardo. La resolución pone fin a una batalla judicial iniciada en 2016 por la familia Córdoba, afectada por los efectos de los agrotóxicos, y sienta un precedente para otros pueblos santafesinos.

El máximo tribunal provincial dejó firme la decisión del Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge, que reconoció el daño genético provocado por la exposición a agroquímicos, particularmente en Abigail Córdoba, una niña de 9 años. El fallo también declaró inconstitucionales dos artículos de la ley provincial 11.273, así como una ordenanza local que permitía fumigaciones a distancias menores.

“A partir de este momento, la sentencia podrá ser invocada en toda Santa Fe para establecer otras distancias que alejen las fumigaciones y permitan la defensa de la salud, la vida y el ambiente”, explicó la abogada Eugenia Boccio, representante de la familia demandante.

La causa incluyó pericias médicas que confirmaron daño genético –especialmente en las mujeres del grupo familiar– atribuido a la exposición crónica a agrotóxicos. Los estudios, realizados por la Universidad Nacional de Río Cuarto, revelaron alteraciones en el ADN mediante análisis de micronúcleos y aberraciones cromosómicas.

La justicia también ordenó a la comuna y a la provincia implementar controles en zonas urbanas y periurbanas, incluidas viviendas, escuelas, centros de salud, espacios recreativos y galpones. Además, se estableció la prohibición de circulación urbana de pulverizadoras y otras maquinarias agrícolas, así como la fiscalización de silos y plantas de acopio que operan sin las medidas de contención adecuadas.

Durante el proceso judicial, fueron demandados la Comuna de Piamonte, productores y titulares de silos y acopios, entre ellos Iván Carignano, Luis y Roberto Cravero, Octavio Camusso, Román Vaira, Claudio Fiorito, la Cooperativa de Pellegrini y la de María Susana.

El juez de primera instancia, Daniel Zoso, valoró no sólo las pruebas médicas sino también informes del Instituto de Salud Socioambiental de la UNR, que detectaron un patrón de enfermedades compatibles con la exposición a agrotóxicos en pueblos del centro-oeste santafesino.

“La matriz productiva ligada al modelo agroindustrial debe ser revisada, ya que está generando consecuencias sanitarias comprobables”, concluyó el magistrado. El fallo no sólo busca reparar el daño a la familia Córdoba, sino también sentar bases para una política de resguardo ambiental con enfoque en la salud pública.

Fuente: Rafaela Noticias – 21 abr 2025

By omalarc

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