Lo anticipó el Ministerio de Energía. El juez federal de Córdoba, Hugo Vaca Narvaja, aceptó un amparo de Apyme, suspendió el alza de 500% y ordenó refacturar con el precio vigente al 31 de marzo.
La Justicia Federal de Córdoba dispuso este martes la “continuidad” del cuadro tarifario del gas natural que regía “con anterioridad al 31 de marzo” para las pequeñas y medianas empresas, al hacer lugar a la medida cautelar presentada por una entidad que nuclea a pymes de todo el país, medida que el Ministerio de Energía de la Nación de inmediato anticipó que apelará.
La presentación judicial contra el incremento del precio del gas había sido planteada por la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme), ante el juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja, quien dispuso “hacer lugar a la medida cautelar ” y ordenó la “suspensión” de las resoluciones del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) que fijan el aumento de tarifas.
Se trata del primer amparo aceptado por la Justicia contra el incremento tarifario para los usuarios comerciales de gas natural, luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia del 18 de agosto, que sólo contempló la nulidad de los aumentos para los usuarios residenciales, lo que a su vez motivó la audiencia pública del 16 al 18 de septiembre y una nueva propuesta del Gobierno.
Tras conocerse la resolución, fuentes oficiales anticiparon este mediodía que el Ministerio de Energía y Minería de la Nación apelará la decisión del juez federal y su disposición de ordenarle al Enargas retrotraer las tarifas para pymes al 31 de marzo.
El ministro Juan José Aranguren había admitido, días atrás, que estaba en consideración para los nuevos cuadros tarifarios un tope de aumento del 250 por ciento para los consumidores comerciales.
“Se hizo lugar a un amparo que presentó la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme)”, indicó a Cadena 3 el juez federal Nº3 de Córdoba.
Vaca Narvaja resolvió en su fallo la “continuidad del cuadro tarifario del servicio de gas conforme al vigente con anterioridad al 31 de marzo del corriente año, es decir, sin variación alguna que no surja del propio consumo del usuario, y ello hasta el 27 de diciembre de 2016”.
En el escrito, el magistrado precisó que la medida abarca a “pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines”, integrantes del colectivo Apyme.
En otro punto de su fallo, Vaca Narvaja resolvió ordenar al Enargas que “instruya a las Empresas Licenciatarias del servicio de gas para que procedan, en el término de diez días y con los valores vigentes al 31/3/2016, a la refacturación de los consumos efectuados desde el 1° de abril de 2016 hasta la fecha de la presente (27 de septiembre de 2016).
El juez precisó en su resolución que las prestadoras del servicio de distribución deberán adoptar “las medidas necesarias para posibilitar el pago de las facturas adeudadas en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago”.
En los considerandos, hizo referencia a lo expresado por Apyme respecto a que el aumento o cuadro tarifario vigente del gas “les afecta el derecho a la propiedad, al tener que abonar altísimas facturas del servicio de gas que, como elemento combustible, constituye una materia prima imprescindible para sus actividades industriales”.
Por su parte, el titular de Apyme Córdoba, Humberto Spaccesi, destacó en diálogo con Télam el fallo de Vaca Narvaja: “Estamos felices por el fallo -dijo- y lo importante es que el juez resuelve después que recibe la información del Poder Ejecutivo Nacional y a pesar de eso dice que amerita la cautelar”.
“Lo que venimos planteando -añadió Spaccesi-, tiene mucha racionalidad, no somos unos loquitos que estamos pidiendo por pedir, y lo bueno es que a este fallo lo podemos extender a todas las pymes del país, y que cada una no tenga que ir haciendo presentaciones”.
Fuente: Cadena 3