En la mañana de hoy, en un mensaje grabado y por Cadena Nacional, el Presidente Alberto Fernández anunció las nuevas medidas que tendrán vigencia desde el 1 de mayo y hasta el 21 de mayo, en virtud a la situación epidemiológica por la 2° ola de contagios de COVID-19. Clasificó la situación epidemiológica por zonas, según 3 factores: aumento de casos en los últimos 14 días, cantidad de casos por población y ocupación de camas de UTI. Según criterio de zonificación las zonas se dividen en 4 categorías: 1- Situación de bajo riesgo. 2- Riego Medio, 3- Alto riesgo Epidemiológico y Sanitario y 4- Alarma Epidemiológica y sanitaria. El mandatario pidió a los Gobernadores de zonas de alto riesgo que tomar medidas que restrinjan la circulació
MEDIDAS GENERALES TODO EL PAI
VIAJES GRUPALES: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turístico
REUNIONES SOCIALES: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas
PERSONAS DE RIESGO: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo
MEDIDAS PARA ZONAS DE RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO MEDIO (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZON: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 HABITANTES)
Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios
MEDIDAS PARA ZONAS DE ALTO RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZON: MAYOR A 1.20 e b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 HABITANTE
REUNIONES SOCIALE
Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidado
Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 persona
DEPORTES: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 persona
Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta
HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23h
PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.
AFORO: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios
DISPOSICIONES LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCION: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes
MEDIDAS PARA ZONAS DE ALERTA EPIDEMIOLOGICA Y SANITARI
ACTIVIDADES SUSPENDIDA
Centros comerciales y shoppings
Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados
Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno
Restricción en ámbito educativo: Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles
DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales
Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta
HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre
PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.
TRANSPORTE PUBLICO: solo para esenciales y autorizados. )…….S:A..)s.sss.S:S).):..s.S:n. solo para esenciales y autorizados.