“Los Estados tienen la obligación internacional de no dejar impunes estos crímenes y asegurar la proporcionalidad de la pena”, advirtió la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que tuvo un rol clave en la denuncia de los delitos de lesa humanidad durante la dictadura.
Por Werner Pertot
La Corte Suprema sigue haciendo amigos. Luego del repudio masivo en la marcha de la semana pasada, la ley sancionada por el Congreso, los fallos de tribunales que la contradijeron y las críticas que recibió de derecha a izquierda, ayer la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su “preocupación y consternación” ante la sentencia que aplicó la ley del 2×1 a un condenado por delitos de lesa humanidad, Luis Muiña. “Los Estados tienen la obligación internacional de no dejar impunes estos crímenes y asegurar la proporcionalidad de la pena”, recordó la CIDH, que ya recibió una serie de denuncias por el fallo, incluida la de una de las víctimas del torturador Muiña, Gladys Cuervo. Su abogado, Rodolfo Yanzón, también presentó un pedido de nulidad ante la Corte Suprema (ver página 2). “El pronunciamiento de la CIDH tiene una importancia específica por el rol que tuvo en la denuncia de la dictadura y por ayudar a remover los obstáculos en democracia para juzgar los crímenes del terrorismo de Estado”, señaló el director ejecutivo del CELS, Gastón Chillier.
Tras haber recibido una serie de denuncias por el fallo que abrió la puerta para conmutar la pena a condenados por delitos de lesa humanidad, la CIDH emitió un comunicado desde su sede en Washington en el que expresó “su preocupación frente a una decisión de la Corte Suprema de Justicia de Argentina que se aparta de los estándares internacionales en la persecución de graves violaciones a los derechos humanos”. La CIDH formuló este pronunciamiento antes de viajar a sesionar en la Argentina, dado que tiene como protocolo no emitir opiniones sobre los países en los que está sesionando.
En el comunicado, la CIDH destacó que el fallo de la Corte “tiene por efecto reducir sensiblemente el tiempo en prisión de una persona que fue condenada por crímenes de lesa humanidad”. Sobre la derogada ley del 2×1, advirtió que “la Corte Suprema aplicó esta ley fuera del marco de su vigencia, ya que la persona favorecida por esta decisión estuvo detenida preventivamente a partir del 1 de octubre de 2007”. La CIDH recordó que “tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia”.
“La CIDH expresa su consternación por la interpretación y aplicación realizada por la Corte Suprema de Justicia porque el beneficio se aplica a la persona encontrada culpable y sentenciada a prisión por haber cometido un crimen de lesa humanidad”, remarcó la CIDH. “La obligación conforme al derecho internacional de enjuiciar y castigar a los perpetradores de cometer graves violaciones a los derechos humanos se desprende de la obligación de garantía prevista en la Convención Americana. Los delitos de lesa humanidad tienen una serie de características diferenciadas del resto de los delitos por los fines y objetivos que persigue, que es el concepto de la humanidad como víctima”, indicó.
Fuente: Página 12