Un juzgado ya rechazó intervenir

Para la jueza Mercedes Maqueira, el amparo que presentó la Superintendencia de Servicios de Salud debería tramitar en un proceso colectivo contra el DNU 70, lo que implicaría que el gobierno de Javier Milei accione contra el gobierno de Javier Milei.

Por Luciana Bertoia

Ni la mano invisible de la economía reguló los precios de las prepagas ni el gobierno de Javier Milei consiguió una cautelar en la justicia que obligue a las empresas de medicina privada a reintegrar las sumas siderales que han estado cobrando desde que el Presidente firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023. Lo que es peor aún, la jueza que tenía el amparo que presentó la administración de La Libertad Avanza (LLA) consideró que, por lo que planteaban los funcionarios, el reclamo debe sumarse a un proceso colectivo que reclama la inconstitucionalidad de dos artículos del megadecreto.

El gobierno de Milei sigue entrampado en el laberinto que construyó con sus propias manos el 20 de diciembre pasado, cuando se firmó el DNU 70. A través de esa decisión, se derogó la facultad de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) para autorizar los aumentos de las prepagas. A las entidades, según el propio gobierno, se les fue la mano. Aumentaron en promedio, según estimaciones oficiales, un 145,72 por ciento desde finales de 2023.

El 17 de abril, el titular de la SSS, Gabriel Gonzalo Oriolo –exejecutivo de OSDE– se presentó ante la justicia civil y comercial para pedir que les ponga límites a las prepagas. Pidió textualmente que cesen con su “actitud abusiva frente a los usuarios, dejando sin efecto en forma definitiva los aumentos desmedidos en las cuotas de prestaciones de salud que tuvieron lugar con posterioridad al dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 y solo se permita un eventual incremento de aquellas conforme al o a los índices que Vuestra Señoría estime más conveniente, atendiendo a la naturaleza de la materia en cuestión”.

En otras palabras, el Poder Ejecutivo que se ató las manos con el megaDNU le pidió a la justicia que fije los índices para los aumentos de las empresas de medicina prepaga. Además, Oriolo solicitó que se dicte una cautelar para que se abstengan de continuar aumentando, para que retrotraigan sus valores al 1 de diciembre –cuando aún gobernaba el Frente de Todos y Milei no había asumido– y que reintegre lo que cobró de más.

La acción del gobierno de Milei se dirigió contra una veintena de prepagas. Los dardos públicos estuvieron orientados contra Claudio Belocopitt, titular de Swiss Medical, a quien acusaron de actuar en tándem con el exministro de Economía y excandidato presidencial de Unión por la Patria (UxP) Sergio Massa. Swiss Medical y Sancor fueron de las empresas que se presentaron ante la justicia para marcar que el gobierno estaba transitando un absurdo jurídico: le quitó funciones a la SSS para regular los aumentos y ahora pretende que accione contra los incrementos en las cuotas.

El martes, la jueza del caso, Mercedes Maquieira se declaró incompetente y dijo que el planteo del gobierno debería tramitar en un proceso colectivo que se inició contra el DNU 70/2023. Es decir, la magistrada le está diciendo al Poder Ejecutivo que entiende que lo que pretende es que se declare la inconstitucionalidad del DNU que él mismo dictó.

El problema es que, una vez más, el gobierno de Milei se enredó en sus propios argumentos. Como no puede decir que está mal la desregulación que propició con el DNU, la SSS en su presentación dijo que intentaba una acción positiva para asegurar el derecho a la salud de los miles de afiliados a las empresas de salud privada. La jueza le tomó la palabra y entendió que no estaba reclamando en función de un derecho de la SSS sino para tutelar los de los millones de afiliados.

En ese sentido, Maquieira dijo que ya existe un planteo similar. Es el que se inició en diciembre con la presentación de Eduardo Santiago Wilson, un afiliado de Swiss Medical, contra los artículos 267 y 269 del DNU 70, que le dieron vía libre a las prepagas. Este planteo tramita en el juzgado de Juan Rafael Stinco, que ordenó inscribir el de Wilson dentro del registro de procesos colectivos de la Corte Suprema.

“Llego a esta conclusión no solo porque en ambos procesos se busca tutelar a ‘la salud’ como bien colectivo e indivisible, sino también porque, si bien el objeto de uno y otro expediente difieren en cuanto a su formulación, coinciden en cuanto a su finalidad”, escribió Maquieira. Desde el gobierno hicieron trascender que recurrirán la decisión de la jueza.

El caso Wilson no está inscripto dentro del registro de procesos colectivos de la Corte, donde solamente figuran dos acciones de clase contra el DNU 70. Una de ellas es la que inició la jueza de San Martín Martina Forns a partir de que una jubilada de 78 años, Marta Cristina Brauchli, planteó que no podía pagar los aumentos dispuestos por Sociedad Italiana de Beneficencia de Buenos Aires (Hospital Italiano). Consiguió una cautelar que frenó los aumentos y Forns comenzó con el proceso colectivo. La jueza tomó a Brauchli como representante del colectivo al igual que a la Asociación de Defensa de los Derechos de los Usuarios y Consumidores (ADDUC). El 3 de abril, la magistrada decidió cerrar el registro y correrle traslado de la demanda –que incluía la situación de Brauchli y unos 700 adherentes– al Hospital Italiano para que responda y ofrezca prueba.

El Hospital Italiano llevó el tema ante la Cámara Federal de San Martín, que desarmó el proceso colectivo. Para los camaristas Alberto Lugones y Néstor Barral, un proceso colectivo debe reunir tres requisitos: la existencia de un hecho único o complejo que cause una lesión a una pluralidad relevante de derechos individuales, la pretensión debe estar concentrada en los efectos comunes y es exigible que el interés individual considerado aisladamente no justifique la promoción de una demanda, con lo cual podría verse afectado el acceso a la justicia.

“Lo concreto es que la magnitud de los intereses individuales en juego sí justificaría la promoción de acciones autónomas”, escribieron Barral y Lugones. Para los camaristas, no se evidencia en un perjuicio común entre los asociados del Hospital Italiano. Como es una cuestión patrimonial, la afectación es diferente en cada caso según la capacidad económica que cada persona logre demostrar.

Entre Stinco y Forns estaba trabada una contienda para ver quién tramitaba el proceso contra el capítulo de salud del DNU, que debía ser zanjada por la Corte Suprema.

“Estamos frente al anticipo de lo que sucederá con servicios esenciales y sensibles al no haber Estado presente”, dice la abogada Valeria Carreras, que tramita varios amparos contra los aumentos de las prepagas. “A través del DNU 70/2023 y de la ley Bases –en caso de aprobarse–, se eliminan organismos de control, se recortan facultades del Estado y, en el caso de las prepagas, los ciudadanos serán rehenes de decisiones arbitrarias de las empresas. La única vía será recurrir como consumidores a la justicia, antes de que sea demasiado tarde”.

Fuente: Página /12 – 2 de mayo de 2024 –

By omalarc

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.