El Ministerio de Hacienda y Finanzas Publicas a través de la Dirección General de Ingresos Provinciales (DGIP) informa que mediante Resolución General N° 15 con vigencia a partir del 20 de octubre del corriente año, se reglamenta el domicilio fiscal.
Todas y todos los contribuyentes a través de la web www.dgiplarioja.gob.ar, en el sitio exclusivo para ellos, deberán adherirse al Domicilio Fiscal Electrónico, ingresando con clave de acceso (CIU), completar íntegramente los datos requeridos y enviar con carácter de Declaración Jurada el “Formulario Web de Registro”.
Deberán constituir con carácter obligatorio las y los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos, cualquiera sea su régimen, Agentes de Retención y/o Percepción y Recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos, Agentes de Percepción del impuesto a los sellos.
Este domicilio se utilizará para todo tipo de comunicaciones que realice el Fisco Provincial, produciendo efectos en el ámbito administrativo y judicial, siendo válidas y vinculantes todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que se realicen.
Por cualquier consulta las y los contribuyentes pueden comunicarse a los canales de atención de la DGIP: 0800-888-3447, mesadeayuda@dgiplarioja.gob.ar, de lunes a vienres de 8 a 13 horas.

By omalarc

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