Desde la Red de Comunicadoras La Rioja vemos la necesidad de analizar y debatir los discursos públicos que giraron en torno al caso Balmaceda.
Por un lado, hacemos un llamado a la reflexión a los medios de comunicación que decidieron publicar detalles sensibles sobre la causa de abuso sexual en la que está procesado judicialmente el edil Enrique Balmaceda. En reiteradas oportunidades observamos que, con la intención de dar relevancia a la gravedad del caso, se prescinden de abordajes que protejan a las mujeres en su situación de violencia despojándose de una práctica responsable de la comunicación social.
Las Recomendaciones para el tratamiento mediático de las violencias por motivos de géneros, de la Defensoría del Público de la Nación refiere que “debemos evitar exponer detalles íntimos sobre las situaciones que se denuncian y destacar la problemática social, (…) las representaciones literales/detalladas o representaciones del modo en que se ejerció el hecho” (PP. 6).
Atender a estas recomendaciones es indispensable, ya que la impunidad con la que se ejecutan estos actos en los ámbitos privados se sostienen gracias la cultura machista que se naturaliza a través de discursos sociales, como los que vimos reproducirse en este caso. Por ello nuestra labor como comunicadores y comunicadoras ante estas noticias es justamente contextualizar y facilitar información que apunte a resolver la problemática social, y no a reforzarla.
Por otro lado, debemos remarcar que el concejal Balmaceda está actualmente procesado por abuso sexual simple, y dar a entender que fue absuelto de dichos cargos es desinformar. Comunicar los resultados del juicio político en el que sus colegas decidieron que el edil procesado por abuso sexual simple conserve sus funciones públicas, no puede narrarse como la absolución de los delitos por los que deberá ser juzgado ante la justicia.
Finalmente queremos hacer explícito nuestro repudio ante la Tapa del diario El Independiente con fecha 18 de mayo, en el que sostienen que el procesado “zafó”. Esta expresión no sólo desinforma, sino que refuerzan la perspectiva machista que sostiene la impunidad de este tipo de delitos, que incluye culpar a la víctima, trivialización, entre otras.
Resaltamos que Ley 26.485 de protección Integral de las Mujeres, tipifica como violencia mediática aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes que entre otros aspectos “injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad”, como así también aquellas que “legitiman la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia”.
Por ello, vemos indispensable, como así también lo señala la Defensoría del Público, la designación de “editoras de género con condiciones de trabajo adecuadas y remuneradas” a fin de garantizar la perspectiva de género y la reducción de enfoques prejuicios, estigmatizantes y discriminatorios.

By omalarc

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