Comunicado de las autoridades y equipo de gestión de la FFyH sobre la condena a Cristina Fernández de Kirchner confirmada por la Corte Suprema de la Nación:

A 70 años y 6 días de la infausta memoria del bombardeo a la ciudadanía argentina en Plaza de Mayo perpetrado por los golpistas de 1955, se acaba de consumar un ataque inédito y feroz al orden democrático en Argentina. La Corte Suprema de la Nación confirmó hoy por la tarde, como conclusión de un juicio arbitrario, viciado y mentiroso, un fallo condenatorio a la ex presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, máxima referente política de la oposición en el país.

En un marco de despojo y expolio para las mayorías populares, de entrega de todos los bienes comunes naturales a los intereses extractivistas, de endeudamiento imparable por el que se consagra la desigualdad y la subordinación de nuestra patria a los poderes financieros mundiales, este acto de proscripción política y de disciplinamiento social nos pone en un escenario en el que la democracia está en una crisis sin precedentes, herida con una profundidad cuyas consecuencias son enormes y de gravedad creciente.

Se trata del fallo confirmatorio de un proceso en el que, según lo señalado por especialistas del derecho, no existe ningún acto antijurídico o culpable que se pueda atribuir a Cristina Fernández. No hay prueba directa, ni indirecta, dolo o beneficio personal, ni descripción clara del hecho punible. Basada en conjeturas e inferencias, se trata de una sentencia que ignora el principio de legalidad y la presunción de inocencia, que viola las garantías del debido proceso y que vulnera compromisos internacionales del Estado argentino en materia de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El fallo de la Corte se emite a días del anuncio de una candidatura a legisladora bonaerense de Cristina Fernández, por lo que solo puede ser leído como una proscripción política, como las que hemos visto en la historia reciente de nuestro país luego del golpe de Estado de 1955. La apelación al artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial, que exime al Máximo Tribunal de argumentar o revisar el expediente, le da tratamiento como un asunto menor, a pesar de la importancia capital que tiene para la vida pública del país. A carpeta cerrada, los tres jueces de la Corte han puesto al Poder Judicial argentino de rodillas ante los poderes fácticos para hacer de la democracia argentina apenas una farsa.

Es otra expresión del lawfare o manipulación de la justicia, que en nuestra Patria Grande Latinoamericana se ha hecho frecuente en los últimos años para proscribir a dirigentes políticos y disciplinar a los sectores populares. Mencionamos, en este sentido, el proceso judicial y la condena injusta efectuada contra la dirigente social Milagro Sala en Jujuy. Es claro que la condición de mujer de Cristina Fernández suscita un especial encarnizamiento contra su persona y pone en escena el carácter patriarcal del sistema judicial y de los motivos de la condena.

La democracia, la participación política, los derechos humanos, la vigencia del estado de derecho efectivo y la seguridad jurídica ciudadana de todos y todas está amenazada gravemente.

Las autoridades del decanato, vicedecanato y equipo de gestión de la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad Nacional de Córdoba llaman a su comunidad, al pueblo todo de Córdoba, a defender la democracia, las libertades públicas, el derecho a una vida digna, con memoria, verdad y justicia.

Fuente: FFyH –UNC – 11jun2025

By omalarc

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