Las abogadas representares de expresos políticos de La Rioja, iniciaron los alegatos y coincidieron en la existencia de un plan sistemático de exterminio, diseñado para todo el país y países vecinos. En este marco, el imputado Abelardo Britos fue acusado de diferentes hechos de torturas. Concretamente, pidieron una pena de prisión de 20 años de cumplimiento efectivo en la cárcel, más accesorio y costas”.
Marisa Reinoso, abogada querellante particular en representación de ex presos políticos, Plutarco Schaller, Lucila Maraga, los esposos Gómez y Carlos Alberto Lanzillotto, dialogó con este medio y dijo que “se analizó pormenorizadamente toda la legislación, tanto secreta (reservada, no publicada), y la otra que era la publicada. Ambas estaban impregnadas por la doctrina de Seguridad nacional, como la doctrina de contrainsurgencia”.
A juico de Reinoso, “estas metodologías fueron las aplicadas en la provincia de La Rioja al igual que en el resto del país y en países vecinos. Era un plan diseñado para el continente, La Rioja no escapa y las personas fundamentalmente, que eran los blancos a eliminar”.
Según Marisa Reinoso, “se ha demostrado en este juicio, cuáles eran los blancos, las torturas a las que fueron sometidos como así también, los diferentes peregrinajes por los centros clandestinos de detención”.
Por su parte, Viviana Reinoso, también querellante particular en representación de expresos políticos, explicó que “el alegato se conformó de dos partes: el contexto. Esto es fundamental, porque no son hechos aislados, ni hechos comunes, sino, formaron parte del plan sistemático de exterminio del opositor político”.
“Hacer la historia de todo lo acontecido”, definió la abogada y destacó que su trabajo se basó en los alegatos referidos a la materialidad del hecho, a la participación del imputado, a la calificación legal y a pedido de pena”.
Más adelante agregó que se buscó también, “todas las reglamentaciones, instrumentos e instructivos que ellos (proceso militar) fueron dando, porque, fue tan sistemático, metódico, que planificaron absolutamente todo, no hubo nada librado al azar”. En este marco, lo que se investigó fue “como operaban los sectores de inteligencia, los interrogadores y los torturadores en el Instituto de Rehabilitación Social”.
Fundamentó Reinoso: “Lo que hemos tratado de demostrar en el alegato, porque estamos convencidas, que estaba acabadamente probado que funcionó un plan sistemático de exterminio que hacen que estos hechos constituyan delitos de lesa humanidad y no delitos comunes y por lo tanto, los mismos son imprescriptibles en los términos de la Convención de Imprescriptibilidad de Delitos”.
“De la ocurrencia de los mismos, de la permanencia de las víctimas en el centro clandestino, de cuando ingresaron y egresaron. Cuáles fueron las condiciones de detención y tormento que practicó el imputado Abelardo Britos, quien tenía la tarea de Jefe de seguridad del IRS y que tenía como funcionario público, la obligación de guarda y custodia, de preservar la salud física y psíquica de las personas. Obviamente, dentro de este plan sistemático, eso no puede ocurrir. Entonces, como consecuencia de ello, es que solicitaron “una pena de prisión de 20 años de cumplimiento efectivo en la cárcel, más accesorio y costas” para el exjefe de Seguridad del Ex IRS, a Abelardo Brito, ex oficial de Gendarmería Nacional”, sostuvo Viviana Reinoso.