Con más de los dos tercios requeridos para la aprobación de la enmienda constitucional, por mayoría el cuerpo legislativo avaló la convocatoria a consulta popular para que se legitime la modificación de los artículos Nº 120 y Nº 171 de la Constitución Provincial. El plebiscito deberá ser convocado dentro de los 45 días posteriores a la sanción de la norma.

La sesión extraordinaria estuvo presidida por la Vicepresidente Primera de la Cámara Adriana Olima. El izamiento de las Banderas del Recinto estuvo a cargo de los diputados Antonio Sotomayor, Juan Urbano y Uriel Vargas.

En el comienzo de la sesión, desde el estrado la Vicepresidente Primera puso en conocimiento de los diputados la situación generada por la convocatoria a sesión extraordinaria, y sostuvo “ante la cantidad de trascendidos, dejo a disposición de todos ustedes la copia del libro de la Comisaría certificada por la escribana de la Función Legislativa donde consta que el día 17 de diciembre, el Sr. Vicegobernador no asistió a esta Cámara.”

La diputada Olima también dejó a disposición la copia certificada del libro de mesa de entrada “donde consta el ingreso del pedido de convocatoria a las 13:30 hs y estando ausente el Vicegobernador pasa a la Vicepresidencia Primera, para que se dicte el correspondiente acto administrativo. O sea, el Decreto de convocatoria con 24 horas de anticipación; tal como lo estipula el Reglamento Interno”.

A continuación, la Prosecretaria Legislativa Rita Sessa dio lectura al Decreto Nº 191 de convocatoria a sesión extraordinaria.

Seguidamente, hizo uso de la palabra el miembro informante del Bloque mayoritario, el diputado Lázaro Fonzalida; quien en su alocución se refirió al tratamiento de la Ley de enmienda.

Ante la trascendencia de la convocatoria y el objetivo de enmendar el art 120 de la Constitución el legislador chileciteño solicitó se a Secretaría la lectura de los fundamentos de la Ley, que se refieren a la conveniencia oportunidad y contenido de esta norma de enmienda.

Luego, continuando con el uso de la palabra el diputado Fonzalida explicó que “entendemos que en toda Democracia la base del poder está en el pueblo, que es quien delega el poder a sus representantes. Nuestra Constitución Provincial prevé mecanismos para producir cambios y establece términos para hacerlos. La misma, consiente que los textos jurídicos deben reflejar la realidad social dinámica y cambiante. Es importante contemplar mecanismos complementarios más ágiles y flexible como el que incorpora en el art. 177 la enmienda constitucional”.

En este sentido, indicó que la enmienda “corrige, agrega, complementa, suprime o aclara un determinado texto de la Constitución y esta Cámara la facultada para realizar con una mayoría calificada de sus miembros la Ley de Enmienda y el requisito para que quede incorporada es a través de la Consulta Popular, es el pueblo el único juez de cualquier reforma a nuestra Carta Magna”.

“Nosotros con la reforma tenemos que sacar todos los obstáculos de ese derecho fundamental, que es de todos los ciudadanos en la Provincia, de elegir y ser elegido. Tenemos que sacar de los textos constitucionales cualquier contenido que sea prescriptivo; son dos los criterios que están en juego en esta enmienda: la periodicidad y la alternancia, y el derecho de elegir y ser elegido”, explicó Lázaro Fonzalida.

El diputado fue contundente en señalar que “estamos aplicando la ley no violándola, a pesar de las expresiones que se vertieron en distintos medios de comunicación que resultan temerarias acerca de que la Cámara estas violando la ley; el tiempo dirá con qué responsabilidad y compromiso venimos a sancionar esta norma de enmienda, enriquecemos con esto a nuestra Constitución”.

“Hay muchas críticas al respecto”, considero el legislador, “pero las personas que “hablan ni participaron en la Constituyente del 2007, donde en esa convención, las personas que ahora ejercen funciones de gobierno no juraron la Constitución, como Alberto Paredes Urquiza e Inés Brizuela y Doria”.

En el cierre de su exposición, Fonzalida adelantó su voto positivo “para que la enmienda sea una realidad”.

Erasmo Herrera, bloque unipersonal Hipólito Yrigoyen. Soy un hombre del radicalismo y “jamás se me hubiese ocurrido evadir este debate a pesar de que hay colegas que con distintas corrientes políticas optar por huir de un debate”. En este sentido estimó que “no hay ningún impedimento para que esta Cámara pueda tratar esta enmienda; la Constitución es una norma elaborada por seres humanos y no somos perfectos por lo tanto las leyes son perfectibles y nuestra Carta Magna tiene puntos que seguramente serán motivo de tratamiento oportunamente”.

En este contexto, Erasmo Herrera indicó que “la enmienda propone una mejor redacción del Artículo 120 en lo que hace referencia a la re elección. Ahora, finalizó, “es responsabilidad del pueblo de La Rioja si acepta o no”.

Por su parte, la diputada Gabriela Amoroso, del bloque unipersonal “Con la Gente” adelantó su voto de forma negativa a la ley de enmienda, fundamento su decisión argumentando que “no me queda claro llamar a una convocatoria sin elección general, consideró que el camino educado sería que la Justicia sea quien interprete el Artículo 120 de la Constitución, tampoco creo oportuno reformar ningún artículo de la Constitución cuando hay cuestiones partidarias o políticas que lo exijan o que lo requieran”.

RUPTURA DEL BLOQUE FUERZA CÍVICA RIOJANA: MIRANDA DIO QUORUM Y CRITICÓ LA DECISIÓN DE LOS LEGISLADORES RADICALES DE NO ESTAR PRESENTES

A su turno, el diputado Daniel Miranda, ex presidente del Bloque ‘Cambiemos Fuerza Cívica Riojana’ lamentó que sus compañeros del Bloque estuviesen ausentes “a varios les hubiese gustado estar pero recibieron un mandato para que no participen”. Visiblemente emocionado afirmó que “estoy acá presente por quienes confiaron a la hora de elegirme”.

Sin hacer ninguna alusión personal, Miranda remarcó que “vi a una ex diputada que se rajó las vestiduras sólo en el recinto porque no concreta ninguna denuncia firme, y pasa a cobrar en la Casa de Gobierno”.

“Hoy no acompaño la decisión de ellos (Bloque ‘Fuerza Cívica Riojana) y hoy tenían la responsabilidad de estar presentes en la sesión”, finalizó Miranda.

Luego del uso de la palabra de los diputados, se mandó a votar la Ley de enmienda constitucional. Con 27 votos afirmativos que sancionada con fuerza de Ley.

TEXTO DE LA LEY

El texto de la norma sancionada quedó redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE en los términos del art. 177 de la Constitución Provincial, la presente Ley de enmienda referida a los artículos 120 y 171 de la Constitución Provincial.

ARTÍCULO 2º.- La presente enmienda será incorporada como parte final del Artículo 120 de la Constitución Provincial.

ARTÍCULO 3º.- INCORPORASE como parte final del artículo 120 de la Constitución provincial la siguiente: “No hay sucesión recíproca entre Gobernador y Vicegobernador si no hay entrecruzamiento de mandatos en las fórmulas por las que han sido electos. El gobernador o vicegobernador que haya sido elegido por un solo período anterior puede ser elegido para el ejercicio en el otro cargo por dos mandatos consecutivos. Esta disposición se aplica al artículo 171 de la presente Constitución”.

ARTÍCULO 4º.- DISPONESE que la presente enmienda deberá ser sometida en los términos del artículo 84 inc. 1º de la Constitución Provincial a consulta popular obligatoria.

ARTÍCULO 5º.- DISPONESE que el Señor Gobernador de la Provincia, conforme lo dispuesto por el Art. 126 inc. 3º de la Constitución Provincial y en consonancia por lo establecido en la presente, convoque a elección general obligatoria, teniendo a la provincia como distrito único.

ARTÍCULO 6º.- A los efectos de la Consulta, la elección deberá realizarse en un plazo máximo de 45 días corridos a partir de la sanción de la presente ley.

ARTÍCULO 7º: Deróguese toda disposición normativa que se oponga a la presente.

By omalarc

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