POR GUILLERMO MUNNÉ

Durante la presidencia de Macri, el Ministerio de Justicia a cargo de Germán Garavano impulsó la publicación del Código Iberoamericano de Ética Judicial. En la presentación de esta preceptiva sobre las exigencias para una actuación judicial confiable, Garavano se entusiasmó al caracterizar el modelo de juecxs que decían estar promoviendo. Quien actúa como decisor/a judicial: “…debe construir su autoridad no solo siendo, sino también pareciendo ante los demás una voz independiente de otras… De no ser así, la construcción de los procesos judiciales (y aun de la práctica jurídica en general que depende en gran parte de las decisiones de los jueces) se desmorona”.[1]

Uno de los dos autores de ese texto, encomendado en 2004 por la Cumbre Judicial Iberoamericana, es Rodolfo Vigo, a quien entrevistamos sobre la cuestión de la ética judicial y las pautas críticas que brinda para evaluar el accionar de jueces como Gustavo Hornos y Mariano Borinsky que construyeron, si seguimos la metáfora arquitéctonica de Garavano, un ser y parecer de promiscua intimidad con el entonces Presidente Macri.

Rodolfo Vigo tiene una prolongada carrera judicial y académica. Luego de ser camarista, se desempeñó durante casi veinte años, hasta jubilarse en 2007, como ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. Es un profesor de filosofía del derecho reconocido en universidades de América Latina y Europa. Se considera un sostenedor de las ideas del derecho natural nutrido con enseñanzas de Aristóteles y Tomás de Aquino, y “… disfruto mucho y me he enriquecido en el diálogo racional con autores contemporáneos de otras procedencias, con convicciones fuertes, como Manuel Atienza y Josep Aguiló, con quienes publicamos libros juntos y somos amigos”. Frente a los casos en discusión de los camaristas Hornos y Borinsky, resalta que juezas y jueces deben ser evaluados tanto por los exigentes deberes jurídicos como éticos que asumieron voluntariamente al postularse para el cargo.

—La ética judicial ¿cobra importancia en relación a una cierta concepción del Estado constitucional de derecho?

—Sí, me parece evidente. En la democracia, cuanto más poder se ejerce, mayor es la responsabilidad. En el caso de los jueces tienen distintos tipos de responsabilidades: penal, civil, internacional y ética. Esta responsabilidad ética siempre está presente porque quien ejerce poder debe generar una legitimidad, pero también se institucionaliza al adoptarse Códigos de ética judicial. En el Estado de derecho constitucional el poder judicial cobra un protagonismo notable. Se reconoce la discrecionalidad judicial y se espera también que los jueces elaboren respuestas jurídicas basadas en los derechos humanos. Todo esto lleva a la necesidad de identificar deberes jurídicos, sociales y éticos, con la consiguiente responsabilidad de rendir cuenta si esos deberes se cumplieron. Al punto que se dice que en el siglo XXI la pregunta sobre quién controla los controladores se dirige a los jueces.

—¿Cómo se dio su participación en la redacción del Código Iberoamericano de Ética judicial?

—En 2004 la Cumbre Judicial Iberoamericana que integran los presidentes de las Cortes Supremas de América Latina, España y Portugal, nos convocan a Manuel Atienza y a mí para que redactemos un código modelo de ética judicial, lo que supuso un trabajo conjunto entre un europeo y un latinoamericano con fundamentos diversos en sus concepciones filosóficas del derecho. Presentamos nuestro trabajo en la cumbre de 2005 con sede en Lisboa y fue aprobado en la cumbre de 2006 que se celebró en República Dominicana. Se creó, así, la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial y me tocó ser el primer Secretario durante el período 2006 a 2010.

—En el Código adoptan el punto de vista de un observador razonable. Sobre estos temas no corresponde ampararse en una ética singular, idiosincrática.

—Se dice que no es importante que como juez duermas tranquilo con tu conciencia. Lo importante es que la sociedad duerma tranquila teniéndote como juez. Se debe generar confianza en el ser y en el parecer. Hay deberes objetivos que están implícitos en la asunción del cargo. Al asumir el cargo de juez, comienzan las restricciones a las convicciones o gustos personales, teniendo un oído atento a su conciencia y un oído atento a la sociedad. Al aceptar voluntariamente el cargo de juez, ejerciendo poder, asume no sólo deberes jurídicos sino también éticos que apuntan a generar confianza ciudadana.

—Un debate en curso sobre las prácticas judiciales es si se producen interferencias en las contiendas electorales democráticas por la vía de la persecución penal de líderes de la oposición. ¿Reconocería pautas éticas que le exijan prudencia a les juecxs en las medidas respecto de dirigentes políticos opositores?

—Dentro de la crisis de legitimidad operante respecto de todas las autoridades, es importante que no se observe un trato privilegiado para los representantes políticos, cuando son investigados penalmente, respecto de los demás ciudadanos.

—¿Ha sucedido que algunos jueces mantienen una inacción respecto de quienes son oficialismo e inician persecuciones penales cuando las mismas personas pierden esa condición y pasan a estar en la oposición?

—Si es así, y a veces ha sucedido así, es horrible. Hay una crisis de legitimidad de las autoridades, entre ellas, las judiciales y para recuperar esa legitimidad no basta con el cumplimiento de deberes jurídicos. Se necesita de quienes en su rol profesional se guíen por los que se comprometen con la excelencia en el servicio. La conducta pública que se tenga determina la legitimidad en la sociedad, quizá en mayor medida que lo que se escriba en las sentencias o en libros.

—En el artículo 3 del Código Iberoamericano de Ética Judicial se lee: “El juez, con sus actitudes y comportamientos, debe poner de manifiesto que no recibe influencias —directas o indirectas— de ningún otro poder público o privado, bien sea externo o interno al orden judicial.” ¿Cuál fue la preocupación al establecer esta regla?

—Una razón de la crisis de legitimidad que se vive es por considerar que los jueces son susceptibles a la presión de poderes, ajenos, incluso, al Poder Judicial. Efectivamente es así.

—Aluden a “actitudes y comportamientos”

—Por supuesto. En lo concreto, refiere a los espacios a los que concurrís, los amigos con los que salís. Se puede manifestar de mil maneras. Si me identifican con cierto grupo, voy a tener que generar mucha autoridad ética. Refiere a los poderes extraños, los poderes que se manejan en una sociedad. Los poderes de los medios de comunicación son importantes en las sociedades actuales. Debe hacerse un esfuerzo por resistir poderes que uno tiene identificados.

El profesor Guillermo Munné.

—El artículo 15 del Código que redactaron indica: “El juez debe procurar no mantener reuniones con una de las partes o sus abogados (en su despacho o, con mayor razón, fuera del mismo) que las contrapartes y sus abogados puedan razonablemente considerar injustificadas”. Han puesto un énfasis en las reuniones fuera del despacho.

—Es un tema conocido. Optamos por esa fórmula. Pero hay distintas soluciones propuestas. Que se deje constancia en el expediente con un acta, que se exija el pedido de reunión formal y por escrito, que se ofrezca trato equitativo a la contraparte. Es un tema muy delicado. En la provincia de Santa Fe, se establece que no debe hacerse sin la contraparte y de ser necesario, de otra manera, debe sumarse la presencia de un colega o del secretario del tribunal.

—Ingresó al Consejo de la Magistratura una denuncia contra dos miembros de la Cámara de Casación Penal, integrantes de la misma sala, por la gran cantidad de reuniones con Mauricio Macri cuando era Presidente. El presidente de la Asociación de Magistrados, Marcelo Gallo Tagle, ha dicho que es muy importante la investigación que se lleve a cabo porque, de confirmarse las sospechas que hay, resultaría gravísimo. ¿Qué evaluación hace por su parte?

—Me parece elemental que den explicaciones. Las tendrán que acreditar. La cuestión central es que se trata de algo a clarificar. No conozco cuáles eran esos procesos en que pudiera haber un interés del Presidente Macri o su administración. Pero, ¿un observador razonable qué diría? Al mismo tiempo, se activa una especie de alerta, aun suponiendo que se pudiera justificar razonablemente. Debe haber un ojo crítico. Prestar oído a la sociedad. A lo mejor voy a reunirme de buena fe, pero ¿qué piensa el tipo que me ve? ¿Qué piensa mi madre?
—De la documentación que respalda la denuncia surge respecto del camarista Borinsky que tuvo varias visitas a la Casa de Olivos para jugar al paddle. ¿Puede invocar el derecho de la mayoría de ciudadanes de practicar deportes con quien quiera?

—No. Ya lo dijo la Corte Suprema en la causa “Morales Solá”, con cita de la sentencia estadounidense “New York Times vs. Sullivan”. La esfera personal, la privacidad de un funcionario público en general, los jueces incluidos, está restringida. Porque asumió esa responsabilidad de manera voluntaria.

—La claridad con que se complete una investigación sobre esto y, si corresponde, que “caiga todo el peso de la ley” al decir de Gallo Tagle, ¿es relevante ante esa falta de credibilidad que se da respecto del Poder Judicial?

—Me parece bien que haya investigación. Y sobre “el peso de la ley”, diría que, aunque no se verificara una violación de deberes jurídicos, están los deberes éticos, y la ética pesa. Lo que hace un juez dentro de su baño no le interesa a nadie, pero lo que hace en el ámbito público le interesa a la sociedad. Nosotros trabajamos seis idoneidades para ser juez: cognoscitiva, prudencial o aplicativa, psicológica, física, administrativa o gerencial, y, finalmente, la idoneidad ética. La idoneidad ética puede estar ausente en un gran académico. En esto no hay mucho que inventar. Leyendo el Código de Hammurabi, la Biblia, Aristóteles, surge que la conciencia ética, con qué pautas elijo la respuesta entre las fuentes alternativas, eso es decisivo. Espero que si me tuvieran que juzgar sea sobre mi conciencia ética y no cómo académico y si me apurás, a veces, me dan miedo los grandes académicos. El último libro que envié para publicar en España se llama La reconciliación del derecho con la razón y las emociones. Leyendo a Martha Nussbaum, pero también a Aristóteles y Tomás de Aquino, surge que las emociones te pueden engañar y generar racionalizaciones que calmen tu conciencia ética. Por eso los profesores de ética también son peligrosísimos. Ojalá dejemos de creer tanto en el derecho y comencemos a creer más en la ética.

Aunque no se verificara una violación de deberes jurídicos, están los deberes éticos, y la ética pesa. Lo que hace un juez dentro de su baño no le interesa a nadie, pero lo que hace en el ámbito público le interesa a la sociedad.

[1] Garavano, Germán, “Palabras preliminares” en Código Iberoamericano de Ética Judicial, Buenos Aires, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, 2018, p. III.
ADV 6422. nma abril 2021. 1/4 al 30/4
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By omalarc

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