Los dispositivos duales no funcionan de manera interprovincial.
Una mujer víctima de la violencia machista y con dos intentos de femicidio por parte de su pareja, no puede acceder a un sistema electrónico dual para su protección porque su causa está radicada en La Rioja y ella emigró a Catamarca posterior a ratificar la denuncia, en diciembre pasado, en la Unidad Fiscal de Violencia de Género.
La medida, determinada luego de que la Justicia dejara libre al agresor, pone en evidencia que ante la migración interprovincial de personas víctimas de violencia en razón del género no se puede aplicar los sistemas electrónicos duales a larga distancia y revela la falla del sistema nacional de protección para víctimas de violencia de género.
La situación de María (seudónimo para identificar a la mujer) llega a la Secretaría de la Mujer y Diversidad de La Rioja por la derivación de una profesional de la salud mental con perspectiva de género que advierte que la mujer tenía riesgo alto de vida.
Lo explicó a Catamarca 12, la subsecretaria de Promoción y Protección Integral del organismo, Florencia Dalmazzo, quien además radico la denuncia ante la Unidad Fiscal de Violencia de Género en cumplimiento de la ley 26485.
“María llega a la Secretaría de la Mujer y Diversidad con unatravesamiento subjetivo relacionada a un daño psíquico extremo y logra referir las violencias padecidas por su pareja durante más de 20 años de relación. Dinámicas relacionadas a la tortura, la manipulación, las humillaciones, el control del gasto y del dinero, amenaza de quitarle los hijos y un antiguo intento de femicidio cuando aún la figura no existía, causa por la cual, al agresor se lo condena con una probation de realizar tareas de mantenimiento en un área del estado. En esa oportunidad, ella quedó en coma”, afirmó la funcionaria.
Luego de realizar la admisión y la evaluación de riesgo, decide hacer la denuncia como funcionaria pública porque “las estadísticas indican que las víctimas que mayor riesgo de vida sufren, por lo general, tienen dificultad de anticipar o advertir el nivel de riesgo por el que atraviesan y, cuando se acercan a un organismo, su riesgo se vuelve una realidad posible y la denuncia es la única herramienta de llegar a la justicia. Sin embargo, en victimas muy graves, la práctica del silenciamiento y la desorganización subjetiva consecuencia de las violencias impide que puedan realizarla en primera persona”.
De acuerdo con la ley 26485 cualquier trabajadxr del Estado al tomar conocimiento se encuentra habilitada a realizar una denuncia que luego deberá ser ratificada por la persona que padece violencias.
En diciembre, la mujer ratifica la denuncia, decide dejar La Rioja y viajar a Catamarca, ciudad de origen, para recuperar su red de soporte familiar. La detención del agresor la determinó la jueza de Violencia de Género y Protección Integral de Menores, Gisela Flamini y la causa fue caratulada como amenazas. Pasó alrededor de 40 días preso y otra jueza, Jesica Díaz Marano decide otorgarle la libertad y no tuvo en cuenta el informe de nivel de riesgo del organismo competente confirmaron a este diario. Se desconoce también si ambas magistradas solicitaron una pericia o informe de peligrosidad del agresor a su cuerpo asesor técnico (CATI).
Con la liberación, la jueza ordena la colocación del dispositivo dual, tobillera para el agresor y dispositivo para la mujer y, al corroborar la Unidad de Monitoreo que la víctima no se encuentra en la provincia se advierte la imposibilidad de implementar la medida por la distancia. María, entró en shock con la noticia sobre la libertad del agresor y en sus relatos puede expresar que para ella “es una realidad su posible muerte”.
La Secretaría de la Mujer y Diversidad “considera que se trata de un caso que amerita el patrocinio gratuito del cuerpo de abogadas de Nación mediante la oportuna articulación para el ingreso al Programa Acercar Derechos (PAD) del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad. Enviaron el pedido con la copia de la denuncia y fue denegado por la referente local Johana Barrera.