Servicio Paz y Justicia (SERPAJ), organismo dedicado a la promoción y defensa de los derechos humanos y que -desde hace años- viene acompañando el reclamo del pueblo de Andalgalá en contra de la explotación del yacimiento Agua Rica, solicitó al gobernador Raúl Jalil que disponga la suspensión de las actividades de la exploración avanzada en territorio de los andalgalenses.
La carta, dirigida al gobernador Raúl Jalil, lleva la firma del presidente honoriario del SERPAJ, Adolfo Pérez Esquivel; y de las coordinadoras nacionales Ana Almada, Cecilia Valergas y Elizabeth Quintero.
La misiva completa:
Sr. Gobernador de la
Provincia de Catamarca
Lic. Raúl Jalil
S / D
ADOLFO PEREZ ESQUIVEL, ANA ALMADA, CECILIA VALERGAS y ELIZABETH QUINTERO en calidad de Presidente Honorario y Coordinadores Nacionales del SERVICIO PAZ Y JUSTICIA (SERPAJ) respectivamente, Resolución IGJ N° 34/88 con domicilio legal en la calle Piedras 730 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y domicilio electrónico en secinstitucional@serpaj.org.ar, organismo dedicado a la promoción y defensa de los derechos humanos, con status consultivo en Naciones Unidas (ECOSOC) y status permanente en UNESCO, por la docencia en educar para la Paz y la militancia por la No-violencia activa como metodología de acción, respetuosamente nos presentamos decimos:
Como sabrá desde hace años nuestra institución venimos acompañando el reclamo del Pueblo de Andalgalá en contra de la explotación del yacimiento Agua Rica y en función de lo expuesto, le manifestamos nuestra preocupación respecto del ingreso de máquinas perforadoras en el cordón montañoso el Aconquija, ubicado en el Departamento de Andalgalá. Dicha circunstancia se produjo como consecuencia del dictado de la Resolución 310/2020 por el Ministerio de Minería de su provincia, desconociendo la vigencia de las leyes ambientales existentes en nuestro país, al autorizar el plan de exploración avanzada presentada por la empresa minera Yamana Gold, con la pretendida intención de explotar el yacimiento minero Agua Rica en territorio de los andalgaleneses, ahora con la idea de usar las instalaciones de minera la Alumbrera.
Dichas circunstancias mantienen en permanente movilización a toda la población de Andalgalá desde hace mas de 20 años por los pasivos ambientales que dejan este tipo de actividades extractivas y que lejos están de cubrir las necesidades económicas de las poblaciones aledañas.
En ese marco es dable destacar que los derechos al ambiente sano y los que se derivan de aquel, están consagrados en la Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos (art. 75 inc. 22), en esta línea los art. 1.1 y 1.2 de los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos (PIDCyP) y del de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), los que garantizan el derecho a la autodeterminación de los Pueblos, es la potestad que las poblaciones poseen a autodeterminarse en virtud de cuál va a ser su modo de vida en el ambiente que viven, y, en ese sentido cuál va a ser el ingreso económico con el que va a contar el estado local y por lo tanto desarrollar otro tipo de economía regional, como hoy lo hacen las poblaciones de la Provincia.
Además de lo expuesto, cabe destacar que en el área de las Sierras del Aconquija en donde se lleva a cabo la exploración avanzada, que fue autorizada para que se realicen perforación de 11 pozos en el yacimiento en cuestión y construcción de 2700 metros de nuevas huella minera, el Ministerio de Minería de su gobierno no consideró lo dispuesto por la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Glaciares y Ambiente Periglaciar, violando de esta manera la prohibición que dispone dicha norma para la exploración y explotación en glaciares y ambiente periglaciar
Lo preocupante es que su gobierno desconozca sistemáticamente los informes técnicos de organismos oficiales como ser el Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR), el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA). Pero además de ello, es muy grave que los técnicos del Ministerio de Minería de su provincia hayan reconocido la existencia de estos cuerpos de hielos que se encuentran protegidos por la mencionada ley, y que a pesar de ello hayan aprobado las perforaciones y construcción de nuevas huellas mineras en lugares donde está prohibido por la mencionada ley. Asimismo, recientemente el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación también ha demostrado la existencia de glaciares en el yacimiento en cuestión en la inspección realizada el 5 de Marzo del 2021.
Por lo expuesto, las perforaciones y construcción de los 2700 metros de nueva huella minera producirían la afectación a la naciente del río minas, el cual es uno de los que da nacimiento al río Andalgalá y es el que provee de agua potable, tanto para consumo humano como para la agricultura a la población de Andalgalá. Estas actividades autorizadas, se saben de antemano, que produciría una contaminación no solo del agua, sino del suelo, del aire, de la biodiversidad, paisajística, y la destrucción de los servicios ambientales que estos elementos naturales brindan a los seres humanos, además de destruir la identidad cultural de los Pueblos y los bienes materiales e inmateriales de los mismos.
En ese sentido, y a fin de respetar los derechos humanos de los andalgalenses, cuyo mandato es impuesto por la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (CADH) en su art. 1.1, norma que forma parte de la Carta Magna, le solicitamos que disponga la suspensión de las actividades de la exploración avanzada.
Nos es de suma preocupación la gran presencia policial que se encuentra en Andalgalá frente a la situación epidemiológica. Entendemos que para luchar contra una enfermedad, lo que es necesario es reforzar los establecimientos sanitarios dotándolos de mayor cantidad de profesionales de la salud, de insumos y tecnología necesaria para el Hospital de Andalgalá y los centros de salud y no de policías y mucho menos si los mismos forman parte de grupos especiales como ser la infantería o los kuntur.
Sr. Gobernador, en la población de Andalgalá está la memoria colectiva de los hechos del 15 de febrero del 2010, hechos que se encuentran impunes por la desidia de la Justicia de su provincia, por ello le pedimos que para que la historia no se repita, proceda al efectivo cumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos al ambiente bajo los estándares dispuestos en la Opinión Consultiva 23/2017 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y su aplicación en relación a la ciudadanía de Andalgalá y de los Pueblos de su Provincia que se encuentran afectados por la explotación minera.
Sin otro particular, reciba un saludo de Paz y Bien