Fallo a favor del Gobierno
La Cámara del Trabajo dejó sin efecto la medida dispuesta por el juez Raúl Ojeda en línea con el pedido de la CGT. La ley se mantiene vigente.
Por Luciana Bertoia y Felipe Yapur
El Gobierno consiguió un espaldarazo en la justicia del trabajo. La Cámara suspendió la medida cautelar que había frenado más de 80 artículos de la reforma laboral con la que Javier Milei pretende seguir haciendo añicos los derechos de los trabajadores. El Presidente no escondió su euforia ante un logro impensado en un fuero históricamente proclive hacia los asalariados. “No podrán detener el crecimiento que se viene en el país. Viva la libertad carajo”, celebró Milei desde X. La Confederación General del Trabajo (CGT), por el contrario, denunció que el fallo “habilita la vigencia inmediata de normas que afectan gravemente las condiciones laborales, exponen al desamparo a millones de trabajadoras y trabajadores argentinos y atentan, al mismo tiempo, contra la organización sindical”.
El 30 de marzo pasado, el juez Raúl Ojeda suspendió 83 artículos de la llamada Ley de Modernización Laboral (27.802), que consiguió La Libertad Avanza (LLA) durante las sesiones extraordinarias. El fallo de Ojeda estaba en línea con lo que había pedido la CGT.
Entre otras cuestiones, el magistrado había suspendido los artículos que daban marcha atrás con el principio in dubio pro operario, la presunción de prestación de servicios, la responsabilidad de las empresas por utilizar mano de obra tercerizada o la responsabilidad solidaria en grupos económicos. El juez también había frenado la creación del banco de horas –en detrimento del pago de horas extra–, el pago de indemnizaciones en cómodas cuotas y el llamado Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que termina siendo un sistema que obliga al trabajador a destinar aportes para pagarse su propia indemnización al tiempo que desfinancia al sistema de seguridad social.
En ese momento, Ojeda había dicho que correspondía la cautelar porque “hay derechos humanos comprometidos, habrá responsabilidades patrimoniales e institucionales” y porque “millones de contratos vigentes esperan definiciones sobre la aplicación temporal de la ley y certidumbre sobre su contenido”.
En la mañana del jueves, el Gobierno se presentó para pedir que la apelación contra la cautelar de Ojeda sea con carácter suspensivo. Esto implica que, hasta tanto se revise el fallo, se suspenden sus efectos. En otras palabras, quedan vigentes los artículos cuestionados de la reforma laboral.
La presentación estatal corrió por cuenta de Antonio Matías Meli, abogado de la Secretaría de Trabajo. El mayor esfuerzo del letrado estuvo centrado en discutir la decisión de Ojeda de excluir al procurador del Tesoro de la Nación, Sebastián Amerio, y a los subprocuradores Santiago Castro Videla y Juan Pablo Comadira después de que se presentaran como abogados patrocinantes del Estado nacional. Ojeda los rechazó diciendo que no tenían la matrícula habilitada. Meli insistió con que esa decisión implicaba una afectación directa del derecho de defensa.
Al mediodía del jueves, llegó el fallo de la Sala VIII de la Cámara Nacional del Trabajo con las firmas de María Dora González y Víctor Arturo Pesino. En los tribunales del Trabajo no sorprendió la decisión de la Sala VIII. Un dato que destacan las fuentes consultadas es que Pesino está por cumplir 75 años y necesita que el Gobierno envíe su pliego al Senado para permanecer cinco años más.
En los Tribunales, sin embargo, destacaban que la decisión no es ilegal, pero no constituye una práctica común. “Siempre se entiende que los recursos contra medidas cautelares dictadas se conceden al solo efecto devolutivo. El efecto suspensivo no tiene razón de ser en una cautelar”, explicaban. Es que una cautelar es una decisión provisoria hasta tanto se examine el fondo de la cuestión.
“La Sala VIII ha optado claramente en contra del trabajador”, afirmó la CGT en un comunicado de prensa. Desde la central obrera también destacaron que González y Pesino se habían corrido de los precedentes de la Corte Suprema que reconocen que los trabajadores son un sector vulnerable y de preferente tutela.
En esa línea, la dirigencia sindical les recordó a los camaristas que estarían violando la propia reforma laboral que volvieron a poner en vigencia, ya que el artículo 89 de la Ley 27.802 establece que los jueces inferiores no pueden apartarse de la doctrina de los supremos y, si lo hacen, quedan a tiro de ser destituidos.
Euforia libertaria
Los festejos oficiales no se hicieron esperar. Desde Capital Humano, la cartera que lidera Sandra Pettovello, informaron en X: “La Cámara laboral revocó la decisión del juez Ojeda y declaró la vigencia de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional”. Fue el tuit que levantó el propio Milei.
Manuel Adorni aprovechó para hacer un comentario jactancioso en X. “Intentaron frenarla: no lo lograron. La Cámara laboral revocó la medida cautelar que suspendía la ley de Modernización laboral. Fin”, escribió el jefe de Gabinete. El dato es incorrecto. La Cámara del Trabajo no analizó la cautelar, sino que la suspendió hasta que la revise. Después de casi dos meses con noticias meramente negativas en su haber, Adorni celebró este jueves la decisión de la fiscala Alejandra Mángano de pedir que se archive la denuncia por haber subido a su esposa, Bettina Angeletti, al avión presidencial.
La Procuración del Tesoro también aplaudió la resolución: “El Gobierno Nacional ha trabajado incansablemente, adoptando todas las medidas legales e institucionales necesarias para garantizar la implementación de una reforma que atravesó el debido proceso de debate, sanción y promulgación, y que tiene por objetivo terminar con un sistema arcaico de más de 50 años, que fracasó y dejó a millones de argentinos en la informalidad”, sostuvieron desde el cuerpo de abogados del Estado que lidera Amerio.
Una jugada a tres bandas
El Gobierno desplegó una serie de estrategias para dejar sin efecto la cautelar de Ojeda. Por un lado, recurrió a la Cámara del Trabajo –donde salió airoso–. También impulsa un recurso de inhibitoria para que el caso pase al fuero contencioso administrativo federal, considerado un ámbito más amable para la Casa Rosada.
En paralelo, el Ejecutivo presentó un per saltum para que sea la propia Corte Suprema la que intervenga en el tema. Este jueves, los tres integrantes del máximo tribunal se reunieron en su acuerdo semanal. La reunión duró unos 50 minutos, contaron en el Palacio de Talcahuano.
El clima en el cuarto piso de Tribunales dista de ser plácido. Todo se había tensado un poco más después de un tuit que publicó el asesor presidencial Santiago Caputo, en el que le apuntaba a Horacio Rosatti y a su mano derecha, Silvio Robles, por una supuesta “operación” contra Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, a quienes el consejero de Javier Milei calificó como una nueva mayoría dentro de la Corte. Caputo revolvió el avispero que el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, había querido aplacar al hacerles saber a los supremos que no estaba interesado en completar las vacantes antes de 2027.
Con caras largas, los tres cortesanos firmaron fallos y comenzó a circular entre sus vocalías el per saltum del Gobierno. La circulación, según surge del sistema, arrancó por la vocalía de Rosenkrantz. En la Corte dicen que quien se interesa por el tema es Amerio.
Fuente: Página/12 – 24 de abril de 2026 –
